La Dirección de Recursos Naturales comunicó que, según lo
establecido por la Resolución Nº 317/13 del Ministerio de la Producción,
deberán inscribirse en el “Registro de Titulares de Inmuebles con Bosques”,
aquellos productores rurales que deseen realizar trabajos de picadas
perimetrales, cortafuegos, picadas internas, extracción de productos forestales
secos y cualquier actividad sobre el bosque, así como la obtención de guías
forestales.
establecido por la Resolución Nº 317/13 del Ministerio de la Producción,
deberán inscribirse en el “Registro de Titulares de Inmuebles con Bosques”,
aquellos productores rurales que deseen realizar trabajos de picadas
perimetrales, cortafuegos, picadas internas, extracción de productos forestales
secos y cualquier actividad sobre el bosque, así como la obtención de guías
forestales.
Asimismo, para la autorización de los mencionados trabajos
deberán solicitarse los permisos correspondientes ante esta Dirección, los
cuales deberán ajustarse a las condiciones fijadas en el mismo.
deberán solicitarse los permisos correspondientes ante esta Dirección, los
cuales deberán ajustarse a las condiciones fijadas en el mismo.
Se recuerda la obligatoriedad de dejar el suelo libre de
restos leñosos, permitiéndose por el plazo máximo de seis (6) meses, contados
desde la finalización de los trabajos, la presencia de cordones producto del
empleo de topadoras.
restos leñosos, permitiéndose por el plazo máximo de seis (6) meses, contados
desde la finalización de los trabajos, la presencia de cordones producto del
empleo de topadoras.

