Hasta el 30 de setiembre, y puede ser realizada en cotos de
caza y/o en campos que se encuentren inscriptos en los registros pertinentes y
hasta ocho ejemplares, por día y por cazador.
caza y/o en campos que se encuentren inscriptos en los registros pertinentes y
hasta ocho ejemplares, por día y por cazador.
El Ministerio de la Producción, a través de la Subsecretaría
de Asuntos Agrarios de la provincia de La Pampa como autoridad de aplicación de
la Ley Nº1194 de Conservación de la Fauna Silvestre, informó que bajo la
Disposición Nº267/19 se decidió prorrogar la habilitación de caza deportiva con
jauría del jabalí europeo (Sus scrofa) y el antílope (Antílope cervicapra)
desde el 2 de septiembre y hasta el 30 de septiembre de 2019, bajo las
condiciones establecidas mediante la disposición Nº381/18.
de Asuntos Agrarios de la provincia de La Pampa como autoridad de aplicación de
la Ley Nº1194 de Conservación de la Fauna Silvestre, informó que bajo la
Disposición Nº267/19 se decidió prorrogar la habilitación de caza deportiva con
jauría del jabalí europeo (Sus scrofa) y el antílope (Antílope cervicapra)
desde el 2 de septiembre y hasta el 30 de septiembre de 2019, bajo las
condiciones establecidas mediante la disposición Nº381/18.
La caza mayor continúa siendo una actividad recreativa
tradicional en los campos pampeanos, pero en los últimos años ha pasado a ser
un sistema de producción organizado y rentable para los productores
agropecuarios, cada vez más abiertos a invertir en la reconversión de sus
estancias.
tradicional en los campos pampeanos, pero en los últimos años ha pasado a ser
un sistema de producción organizado y rentable para los productores
agropecuarios, cada vez más abiertos a invertir en la reconversión de sus
estancias.
Además de la búsqueda de los preciados trofeos el producto
de las cacerías abastece también la cocina, donde chefs especialistas locales
en gastronomía cinegética elaboran delicados platos con los animales abatidos.
La Ley N°1194 declara de interés público la conservación de la fauna silvestre
de ecosistemas terrestres, acuáticos y mixtos de La Pampa. Esta norma, además,
habilita la caza y pesca deportiva y comercial, la caza con fines culturales
y/o científicos, la captura de control y la captura de ejemplares vivos para
fomento, inicio o mantenimiento de criaderos.
de las cacerías abastece también la cocina, donde chefs especialistas locales
en gastronomía cinegética elaboran delicados platos con los animales abatidos.
La Ley N°1194 declara de interés público la conservación de la fauna silvestre
de ecosistemas terrestres, acuáticos y mixtos de La Pampa. Esta norma, además,
habilita la caza y pesca deportiva y comercial, la caza con fines culturales
y/o científicos, la captura de control y la captura de ejemplares vivos para
fomento, inicio o mantenimiento de criaderos.
En La Pampa está permitido cazar de forma sustentable, con
obligación de respetar las especies, cupos y temporadas, obtener los permisos
correspondientes y solo en los sitios permitidos, cotos de caza y «campos
libres», inscriptos en el registro provincial. Para ser habilitado, un
coto debe cumplir requisitos específicos como la aprobación de un Plan de
Manejo diseñado por un profesional y la obtención de las Guías de Caza
extendidas por la Dirección de Recursos Naturales. Mediante el Decreto N°65/02
está permitida dentro de los cotos la caza deportiva de antílope, muflón,
búfalo, ciervo axis, ciervo dama, caprinos y ovinos.
obligación de respetar las especies, cupos y temporadas, obtener los permisos
correspondientes y solo en los sitios permitidos, cotos de caza y «campos
libres», inscriptos en el registro provincial. Para ser habilitado, un
coto debe cumplir requisitos específicos como la aprobación de un Plan de
Manejo diseñado por un profesional y la obtención de las Guías de Caza
extendidas por la Dirección de Recursos Naturales. Mediante el Decreto N°65/02
está permitida dentro de los cotos la caza deportiva de antílope, muflón,
búfalo, ciervo axis, ciervo dama, caprinos y ovinos.

