La Subsecretaría de Ambiente mediante nota del pasado 27 de
setiembre firmada por su titular, Fabián Tittarelli, le recordó a la Fundación
Campo Limpio, que tal lo establecido en la Ley Nº27279 de Presupuestos Mínimos
de Gestión de Envases Vacíos de Fitosanitarios, el plazo para adecuar la
gestión de envases vacíos de agroquímicos vence, en La Pampa, el día 28 de
enero de 2020.
setiembre firmada por su titular, Fabián Tittarelli, le recordó a la Fundación
Campo Limpio, que tal lo establecido en la Ley Nº27279 de Presupuestos Mínimos
de Gestión de Envases Vacíos de Fitosanitarios, el plazo para adecuar la
gestión de envases vacíos de agroquímicos vence, en La Pampa, el día 28 de
enero de 2020.
Vencido ese plazo, tal como lo establece la Ley mencionada,
la entidad que nuclea la mayoría de los fabricantes e importadores de
agroquímicos, no podrá comercializar sus productos hasta tanto no se ajusten a
ese sistema de gestión.
la entidad que nuclea la mayoría de los fabricantes e importadores de
agroquímicos, no podrá comercializar sus productos hasta tanto no se ajusten a
ese sistema de gestión.
El Artículo 10º expresa textualmente: “El sistema deberá
cumplir con los lineamientos mínimos que se establecen a continuación: a) La
formulación, operación y mantenimiento del Sistema será de directa
responsabilidad de los registrantes de acuerdo a lo establecido en la presente
ley, sin perjuicio de las obligaciones que le correspondan a otros sujetos
alcanzados por esta norma b) El plazo establecido para la formulación y
presentación del Sistema será de noventa (90) días corridos a partir de la
publicación de la presente ley en el Boletín Oficial. Desde la aprobación del
Sistema, los registrantes tendrán doscientos setenta (270) días corridos para
adecuar su gestión a los lineamientos del mismo. Vencido ese plazo no podrán
comercializar sus productos hasta tanto no se ajusten a lo establecido.”
cumplir con los lineamientos mínimos que se establecen a continuación: a) La
formulación, operación y mantenimiento del Sistema será de directa
responsabilidad de los registrantes de acuerdo a lo establecido en la presente
ley, sin perjuicio de las obligaciones que le correspondan a otros sujetos
alcanzados por esta norma b) El plazo establecido para la formulación y
presentación del Sistema será de noventa (90) días corridos a partir de la
publicación de la presente ley en el Boletín Oficial. Desde la aprobación del
Sistema, los registrantes tendrán doscientos setenta (270) días corridos para
adecuar su gestión a los lineamientos del mismo. Vencido ese plazo no podrán
comercializar sus productos hasta tanto no se ajusten a lo establecido.”
Una copia de la nota, fue enviada a C.E.P.I.A. (Cámara
Empresaria Pampeana de Insumos Agropecuarios) para su conocimiento.
Empresaria Pampeana de Insumos Agropecuarios) para su conocimiento.

