Hoy la Corte Suprema de Justicia hizo lugar a los pedidos
realizados por la mayoría de las provincias argentinas dando curso a las
medidas cautelares peticionadas por la provincia de La Pampa en el marco de los
reclamos de inconstitucionalidad de los Decretos 561/19 y 567/19 que modifican,
en forma unilateral, las sumas a percibir sobre los impuestos de IVA y
Ganancias.
realizados por la mayoría de las provincias argentinas dando curso a las
medidas cautelares peticionadas por la provincia de La Pampa en el marco de los
reclamos de inconstitucionalidad de los Decretos 561/19 y 567/19 que modifican,
en forma unilateral, las sumas a percibir sobre los impuestos de IVA y
Ganancias.
La Pampa, a través de su fiscal de Estado, José Alejandro
Vanini, y del procurador general de Rentas, Hernán Peréz Araujo, solicitó que
los efectos de los Decretos –que modifican el impuesto al IVA y Ganancias- sean
detraídos de la porción de la masa coparticipable que le corresponde al Estado
Nacional, manteniendo a resguardo, en forma íntegra, los fondos coparticipables
que le corresponden al Estado Provincial.
Vanini, y del procurador general de Rentas, Hernán Peréz Araujo, solicitó que
los efectos de los Decretos –que modifican el impuesto al IVA y Ganancias- sean
detraídos de la porción de la masa coparticipable que le corresponde al Estado
Nacional, manteniendo a resguardo, en forma íntegra, los fondos coparticipables
que le corresponden al Estado Provincial.
De esta forma la medida cautelar solicitada tiene como
objeto que no se perjudiquen los ingresos coparticipables de la Provincia los
cuales, se encuentran afectados en el presupuesto provincial, y tienen como fin
satisfacer las necesidades básicas de la población asegurando su bienestar
general.
objeto que no se perjudiquen los ingresos coparticipables de la Provincia los
cuales, se encuentran afectados en el presupuesto provincial, y tienen como fin
satisfacer las necesidades básicas de la población asegurando su bienestar
general.
En ese orden, y haciendo lugar a los pedidos realizados por
la mayoría de las provincias la Corte sostuvo: “En tal sentido, es preciso
recordar que los principios constitucionales de buena fe y lealtad federal –que
repelen la idea de una Nación fragmentada y procuran el armónico desarrollo de
las necesidades locales junto con las nacionales – impiden que uno de los
sujetos del sistema adopte de modo intempestivo medidas que puedan afectar al
resto de los miembros de la federación”.
la mayoría de las provincias la Corte sostuvo: “En tal sentido, es preciso
recordar que los principios constitucionales de buena fe y lealtad federal –que
repelen la idea de una Nación fragmentada y procuran el armónico desarrollo de
las necesidades locales junto con las nacionales – impiden que uno de los
sujetos del sistema adopte de modo intempestivo medidas que puedan afectar al
resto de los miembros de la federación”.
Así, luego del dictado de los Decretos con fecha 21 de agosto
de 2019 los gobernadores de 19 provincias, se reunieron en el Consejo Federal
de Inversiones y expresaron que “no estamos en contra de ninguna medida de
gobierno que tenga como objetivo paliar la grave situación económica que
atraviesan la mayoría de los sectores de nuestra sociedad; las medidas que se
han dado a conocer, realizadas en forma inconsulta, unilateral y sin tener en
cuenta de dónde saldrán los recursos para afrontar las mismas implican que
estamos en grave peligro de no poder afrontar nuestros gastos corrientes, el
cumplimento de las obligaciones salariales, la prestación de servicios
esenciales y la preservación de la paz social en cada uno de los estados que
representamos. Expresamos enérgicamente, que vamos a defender los intereses de
nuestros representados; quedamos, como lo hemos demostrado siempre, abiertos al
diálogo franco y responsable, dejando sentado que de no ser así, nos veremos en
la necesidad de buscar amparo judicial a nuestros derechos…”.
de 2019 los gobernadores de 19 provincias, se reunieron en el Consejo Federal
de Inversiones y expresaron que “no estamos en contra de ninguna medida de
gobierno que tenga como objetivo paliar la grave situación económica que
atraviesan la mayoría de los sectores de nuestra sociedad; las medidas que se
han dado a conocer, realizadas en forma inconsulta, unilateral y sin tener en
cuenta de dónde saldrán los recursos para afrontar las mismas implican que
estamos en grave peligro de no poder afrontar nuestros gastos corrientes, el
cumplimento de las obligaciones salariales, la prestación de servicios
esenciales y la preservación de la paz social en cada uno de los estados que
representamos. Expresamos enérgicamente, que vamos a defender los intereses de
nuestros representados; quedamos, como lo hemos demostrado siempre, abiertos al
diálogo franco y responsable, dejando sentado que de no ser así, nos veremos en
la necesidad de buscar amparo judicial a nuestros derechos…”.
Pese a la solicitud de diálogo que nunca llegó por parte del
Gobierno Nacional, no dejando otro camino que el reclamo judicial para la
defensa de los derechos de los ciudadanos que habitan en las Provincias.
Gobierno Nacional, no dejando otro camino que el reclamo judicial para la
defensa de los derechos de los ciudadanos que habitan en las Provincias.
El 26 de agosto el fiscal de Estado de la provincia de La
Pampa, José Alejandro Vanini, junto al procurador general de Rentas, Hernán
Peréz Araujo, presentaron acciones de amparo en las que se solicitó la
inconstitucionalidad de los Decretos y se pidió a la Corte Suprema, en forma de
medida cautelar, la no detracción de fondos coparticipables provinciales.
Pampa, José Alejandro Vanini, junto al procurador general de Rentas, Hernán
Peréz Araujo, presentaron acciones de amparo en las que se solicitó la
inconstitucionalidad de los Decretos y se pidió a la Corte Suprema, en forma de
medida cautelar, la no detracción de fondos coparticipables provinciales.
La petición cautelar no persiguió la suspensión de los
Decretos, sino que los montos necesarios para su instrumentación fueran
afrontados por la Nación en su totalidad, en atención a que esas medidas fueron
dictadas en forma unilateral.
Decretos, sino que los montos necesarios para su instrumentación fueran
afrontados por la Nación en su totalidad, en atención a que esas medidas fueron
dictadas en forma unilateral.
En el día de la fecha la Corte hizo lugar a las medidas
cautelares, ordenando que los efectos fiscales de la aplicación de los Decretos
561/19 y 567/19 sean asumidos con recursos propios del Estado Nacional, sin
afectar la coparticipación que corresponde a La Pampa.
cautelares, ordenando que los efectos fiscales de la aplicación de los Decretos
561/19 y 567/19 sean asumidos con recursos propios del Estado Nacional, sin
afectar la coparticipación que corresponde a La Pampa.
Esta medida fue replicada para las 15 provincias que
presentaron similares demandas.
presentaron similares demandas.

