Régimen Excepcional de Exteriorización de Obligaciones
Fiscales Provinciales y denuncias impositivas de ventas de Vehículos
Fiscales Provinciales y denuncias impositivas de ventas de Vehículos
La Dirección General de Rentas informa que hasta el próximo
17 de abril se encuentra vigente el Régimen Excepcional de Exteriorización de
Obligaciones Fiscales Provinciales instituido por la Ley Nº 2936 y reglamentado
pro el Decreto Nº 3531/2016 y la Resolución General Nº 37/2016.
17 de abril se encuentra vigente el Régimen Excepcional de Exteriorización de
Obligaciones Fiscales Provinciales instituido por la Ley Nº 2936 y reglamentado
pro el Decreto Nº 3531/2016 y la Resolución General Nº 37/2016.
Dicho régimen permite que los contribuyentes que adhieran al
Sinceramiento Fiscal de la Ley Nacional Nº 27.260 se beneficien con la
liberación de pago de los tributos provinciales, sus accesorias y multas por
los importes allí declarados, así como del inicio de actuaciones en el marco de
la Ley Penal Tributaria. El único requisito es abonar el Impuesto Especial con
destino al Fondo Complementario del Régimen Civil y Docente, administrado por
el I.S.S. de la Provincia.
Sinceramiento Fiscal de la Ley Nacional Nº 27.260 se beneficien con la
liberación de pago de los tributos provinciales, sus accesorias y multas por
los importes allí declarados, así como del inicio de actuaciones en el marco de
la Ley Penal Tributaria. El único requisito es abonar el Impuesto Especial con
destino al Fondo Complementario del Régimen Civil y Docente, administrado por
el I.S.S. de la Provincia.
Recuerda también que hasta el 17 de abril próximo está
vigente la reapertura del Régimen Transitorio de Regularización del Registro
del Impuesto a los vehículos por medio de las denuncias impositivas de ventas.
vigente la reapertura del Régimen Transitorio de Regularización del Registro
del Impuesto a los vehículos por medio de las denuncias impositivas de ventas.
Durante su vigencia, los contribuyentes que vendieron su
vehículo y a pesar de haber efectuado la denuncia de venta ante el Registro
Seccional no han logrado que se realice la transferencia correspondiente,
podrán limitar su responsabilidad en el gravamen identificando al nuevo
poseedor. Esta reapertura alcanza a las operaciones realizadas hasta el 31 de
diciembre de 2016.
vehículo y a pesar de haber efectuado la denuncia de venta ante el Registro
Seccional no han logrado que se realice la transferencia correspondiente,
podrán limitar su responsabilidad en el gravamen identificando al nuevo
poseedor. Esta reapertura alcanza a las operaciones realizadas hasta el 31 de
diciembre de 2016.
Para mayor información los interesados podrán consultar la
página oficial del organismo en internet: www.dgr.lapampa.gov.ar o dirigirse a
la dirección de correo electrónico rentas@lapampa.gob.ar.
página oficial del organismo en internet: www.dgr.lapampa.gov.ar o dirigirse a
la dirección de correo electrónico rentas@lapampa.gob.ar.

